El Equipo de Protección Personal (EPP) es aquel dispositivo físico que protege a la persona frente a los riesgos que pueden presentarse en las actividades laborales para prevenir la ocurrencia de accidentes y daños personales entre los colaboradores de la organización, es de uso obligatorio y de responsabilidad de cada trabajador para lo cual las instituciones o empresas están obligadas a proporcionar el EPP apropiado a cada uno de los colaboradores correspondientes a las actividades laborales que se realizan en sus instalaciones.

El EPP es de naturaleza personal, normalmente no es intercambiable y requiere de particular cuidado para mantenerse en excelentes condiciones de operación y mantenimiento para garantizar una protección segura al momento de utilizarse por parte de los trabajadores, requiere ser revisado e inspeccionado periódicamente para verificar su vigencia, estado de conservación y funcionamiento adecuado.

Las personas que realizan una tarea deben contar con una evaluación previa del puesto que incluya necesariamente un levantamiento de identificación de los peligros y una evaluación de los riesgos que permita establecer qué tipo de EPP es el verdaderamente apropiado para cada tarea y actividad debiendo estar disponibles en las zonas de operación de manera que la tarea se pueda iniciar solamente si el personal cuenta con el equipo apropiado para su desempeño laboral en cada una de sus tareas. Es responsabilidad de los trabajadores y de la supervisión asegurar el uso correcto en las zonas de trabajo de cada organización.

            En el caso de la Universidad de Sonora el personal académico que requiera de EPP para el desempeño de sus funciones será en los meses de mayo y junio que se revisarán las necesidades según la cláusula 101 de ropa, Uniformes y equipo de trabajo para que se realicen los pedidos correspondientes de este material a solicitar al departamento e recursos humanos una vez que es revisado por la Comisión General Mixta de Higiene y Seguridad.

01 06 2018 Cláusula 101